Artículo 5. Contenido del contrato de tratamiento de residuos.
Artículo 5 del Real Decreto 180/2015, de 13 de marzo, por el que se regula el traslado de residuos en el interior del territorio del Estado. · BOE-A-2015-3715
Atención: Real Decreto 180/2015 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El contrato de tratamiento de residuos contendrá, al menos, los siguientes aspectos:
a) Cantidad estimada de residuos que se va a trasladar.
b) Identificación de los residuos mediante su codificación LER.
c) Periodicidad estimada de los traslados.
d) Cualquier otra información que sea relevante para el adecuado tratamiento de los residuos.
e) Tratamiento al que se van a someter los residuos, de conformidad con los anexos I y II de la Ley 22/2011, de 28 de julio.
f) Obligaciones de las partes en relación con la posibilidad de rechazo de los residuos por parte del destinatario.