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Real Decreto Derogada

Artículo 5. Nombramiento de Instructor y Secretario.

Artículo 5 del Real Decreto 1773/1994, de 5 de agosto, por el que se adecuan determinados procedimientos administrativos en materia de telecomunicaciones a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. · BOE-A-1994-19269

Atención: Real Decreto 1773/1994 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

En el acuerdo de iniciación del procedimiento se nombrará Instructor, que deberá ser un funcionario de la Inspección de las Telecomunicaciones. Cuando la complejidad o trascendencia de los hechos a investigar así lo exija, se procederá al nombramiento de Secretario, que también ostentará la condición de funcionario de la Inspección de las Telecomunicaciones.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1994-08-21.

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