Artículo 5. Requerimientos.
Artículo 5 del Real Decreto 1773/1994, de 5 de agosto, por el que se adecuan determinados procedimientos administrativos en materia de telecomunicaciones a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. · BOE-A-1994-19269
Atención: Real Decreto 1773/1994 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La Dirección General de Telecomunicaciones podrá recabar la información adicional que considere necesaria para un mejor conocimiento del servicio que se pretende establecer, así como requerir al peticionario que modifique la solicitud adaptándola a las disponibilidades existentes de conformidad con lo establecido en la legislación específica.
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