Artículo 5. Inclusión del Código de Conducta en los procesos selectivos para acceso a las diferentes escalas de la Guardia Civil..
Artículo 5 del Real Decreto 176/2022, de 4 de marzo, por el que se aprueba el Código de Conducta del personal de la Guardia Civil. · BOE-A-2022-3477
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-03-25.
Texto consolidado
1. Los procesos selectivos para el acceso directo a las diferentes escalas de la Guardia Civil contemplarán, en sus correspondientes convocatorias y en su desarrollo, el contenido de este Código de Conducta, así como los valores, principios y normas de comportamiento en que se sustenta.
2. En los procesos selectivos para el acceso a las escalas por promoción profesional, la inclusión del Código de Conducta se adecuará a los perfiles profesionales a alcanzar en el primer empleo correspondiente.
Más artículos de Real Decreto 176/2022
- ← Artículo 4. Inclusión del Código de Conducta en el sistema de enseñanza de la Guardia Civil y en las actividades que …
- → Artículo 6. Fomento y promoción de la deontología profesional.
- Ver la norma completa: Real Decreto 176/2022, de 4 de marzo, por el que se aprueba el Código de Conducta del personal de la Guardia Civil.