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Real Decreto Derogada

Artículo 5. Iniciativa de inscripción.

Artículo 5 del Real Decreto 1497/2003, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Nacional de Asociaciones y de sus relaciones con los restantes registros de asociaciones. · BOE-A-2003-23510

Atención: Real Decreto 1497/2003 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

La solicitud de inscripción de la constitución de la asociación deberá realizarse al menos por uno de sus promotores.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2004-01-23.

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