Artículo 5. Beneficiarias directas.
Artículo 5 del Real Decreto 149/2021, de 9 de marzo, por el que se regula el programa de ayudas para la realización de actuaciones de eficiencia energética en explotaciones agropecuarias y se acuerda la concesión directa de las ayudas de este programa a las comunidades autónomas. · BOE-A-2021-3702
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-03-11.
Texto consolidado
Serán beneficiarias directas de las ayudas previstas en este real decreto las comunidades autónomas relacionadas en el anexo III de este real decreto, que deberán destinar el importe de las mismas a los sujetos que se enumeran en el artículo 11.
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