Artículo 5. Ministerio del Interior.
Artículo 5 del Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales. · BOE-A-2020-1246
Atención: Real Decreto 139/2020 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El Ministerio del Interior se estructura en los siguientes órganos superiores y directivos:
A) La Secretaría de Estado de Seguridad, de la que dependen los siguientes órganos directivos:
1.º La Dirección General de la Policía, cuyo titular tendrá rango de Subsecretario.
2.º La Dirección General de la Guardia Civil, cuyo titular tendrá rango de Subsecretario.
3.º La Dirección General de Relaciones Internacionales y Extranjería.
4.º La Dirección General de Coordinación y Estudios.
B) La Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, con rango de Subsecretaría, de la que depende la Dirección General de Ejecución Penal y Reinserción Social.
C) La Subsecretaría del Interior, de la que dependen los siguientes órganos directivos:
1.º La Secretaría General Técnica.
2.º La Dirección General de Política Interior.
3.º La Dirección General de Tráfico.
4.º La Dirección General de Protección Civil y Emergencias.
5.º La Dirección General de Apoyo a Víctimas del Terrorismo.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2021-3840.