Artículo 5. Vocalías de carácter nato.
Artículo 5 del Real Decreto 1383/2009, de 28 de agosto, por el que se determina la composición, estructura orgánica y funcionamiento del Consejo Nacional del Agua. · BOE-A-2009-13929
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-08-30.
Texto consolidado
Las vocalías de carácter nato del Consejo Nacional del Agua corresponderán a:
a) El titular de la Dirección General de Protección Civil y Emergencias del Ministerio del Interior.
b) El titular de la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.
c) Los titulares de la Dirección General del Agua, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, la Dirección General de Desarrollo Sostenible del Medio Rural, la Dirección General de Medio Natural y Política Forestal y la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.
d) El titular de la Dirección General de Salud Pública y Sanidad Exterior del Ministerio de Sanidad y Política Social.
e) El titular de la Dirección General del Instituto Geológico y Minero de España (IGME).
f) El titular de la Dirección General del Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas (CEDEX).
g) El titular de la Dirección General de Política Económica del Ministerio de Economía y Hacienda.
h) El titular de la Presidencia de las Confederaciones Hidrográficas.