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Real Decreto Derogada

Artículo 5. Destinos de provisión por antigüedad.

Artículo 5 del Real Decreto 1250/2001, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de provisión de destinos del personal del Cuerpo de la Guardia Civil. · BOE-A-2001-22623

Atención: Real Decreto 1250/2001 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Son destinos de provisión por antigüedad los que se asignan por el orden de escalafón de los interesados que cumplan los requisitos exigidos para desempeñar el puesto.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-06-04.

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