Artículo 5. Solicitud de autorización.
Artículo 5 del Real Decreto 1232/2001, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento de autorización previsto en el artículo 34 del Real Decreto-ley 6/2000, de 23 de junio, de medidas urgentes de intensificación de la competencia en mercados de bienes y servicios. · BOE-A-2001-21877
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-11-24.
Texto consolidado
Las personas físicas o jurídicas que incurran en alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 34.uno del Real Decreto-ley 6/2000, de 23 de junio, podrán solicitar de la Comisión Nacional de Energía o de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones cualquiera de las autorizaciones a que se refiere el artículo 1 del presente Reglamento.
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