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Real Decreto Vigente

Artículo 5. Áreas.

Artículo 5 del Real Decreto 114/2004, de 23 de enero, por el que se establece el currículo de la Educación Infantil. · BOE-A-2004-2221

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-02-07.

Texto consolidado

1. De acuerdo con el artículo 4 del Real Decreto 829/2003, de 27 de junio, por el que se establecen las enseñanzas comunes de Educación Infantil, los ámbitos de experiencia y de desarrollo de los alumnos en la Educación Infantil se concretarán en las siguientes áreas:

a) El conocimiento y control de su propio cuerpo y la autonomía personal.

b) La convivencia con los demás y el descubrimiento del entorno.

c) El desarrollo del lenguaje y de las habilidades comunicativas.

d) La representación numérica.

e) La expresión artística y la creatividad.

2. Los contenidos que se proponen en cada área se desarrollarán por medio de actividades globalizadas que tengan interés y significado para los alumnos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2004-02-07.

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