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Real Decreto Vigencia agotada

Artículo 5. Cuantía y financiación.

Artículo 5 del Real Decreto 1042/2020, de 24 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones por el Ministerio de Cultura y Deporte y el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música a diversas entidades culturales. · BOE-A-2020-14961

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-11-27.

Texto consolidado

Las cuantías y aplicaciones presupuestarias con cargo a las cuales se financiarán las subvenciones previstas en el artículo 3 son las siguientes:

1. A la Organización Española para el Libro Infantil y Juvenil (OEPLI), 5.000 euros con cargo a la aplicación 24.03.144A.488.01.

2. Al Círculo de Bellas Artes, 90.360 euros con cargo a la aplicación 24.04.334A.489.05.

3. A la Sociedad de Garantía Recíproca Audiovisual Fianzas SGR, 300.000 euros con cargo a la aplicación 24.04.334C.471.

4. A la Spain-USA Foundation, 50.000 euros con cargo a la aplicación 24.04.144A.490.16.

5. A la Fundación Real Instituto Elcano de Estudios Internacionales y Estratégicos, 30.000 euros con cargo a la aplicación 24.04.334A.480.12.

6. Al Consorcio de la ciudad romana de Pollentia, 60.000 euros con cargo a la aplicación 24.05.337B.760.65.

7. Al Consorcio de la Ciudad Monumental, Histórico-Artística y Arqueológica de Mérida, 80.000 euros con cargo a la aplicación 24.05.337C.751.

8. A la Fundación Municipal de Cultura del Ayuntamiento de Valladolid, para Patio Herreriano. Museo de Arte Contemporáneo Español: 38.560 euros con cargo a la aplicación 24.05.333A.461.01.

9. A la Fundación Antonio Pérez de Cuenca, 15.000 euros con cargo a la aplicación. 24.05.333A.461.02.

10. Al Ayuntamiento de Ibiza, para el Museo Puget, 20.000 euros con cargo a la aplicación 24.05.333A.462.

11. A la Diputación de Granada, para el Centro José Guerrero, 24.000 euros con cargo a la aplicación 24.05.333A.464.

12. A la Federación Española de Amigos de los Museos, 2.750 euros con cargo a la aplicación 24.05.333A.485.06.

13. A la Confederación de Juventudes Musicales de España, 50.000 euros con cargo a la aplicación 24.05.333A.485.51.

14. Al Consejo Internacional de Museos ICOM España, 2.500 euros con cargo a la aplicación 24.05.333A.491.15

15. A la Spain USA Foundation, 20.000 euros con cargo a la aplicación 24.05.337C.491.12.

16. A la Fundación del Toro de Lidia, 35.000 euros con cargo a la aplicación 24.05.337C.485.11.

17. A Archiveros sin Fronteras, 5.000 euros con cargo a la aplicación 24.05.332A.484.02.

18. A la Fundación Archivo Manuel de Falla, 14.490 euros con cargo a la aplicación 24.107.335A.480.12.

19. A la Fundación Pau Casals, 25.000 euros con cargo a la aplicación 24.107.335A.480.48.

20. A la Fundación Isaac Albéniz, 140.000 euros con cargo a la aplicación. 24.107.335A.480.13.

21. A la Fundación Antonio Gades, 50.000 euros con cargo a la aplicación 24.107.335A.480.50.

22. A la Fundación Municipal de Cultura del Ayuntamiento de Cádiz, 170.000 euros con cargo a la aplicación 24.107.335B.464.01.

23. A la Diputación de Alicante, 163.430 euros con cargo a la aplicación 24.107.335B.464.05.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-11-27.

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