Artículo 4. Gastos subvencionables.
Artículo 4 del Real Decreto 1042/2020, de 24 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones por el Ministerio de Cultura y Deporte y el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música a diversas entidades culturales. · BOE-A-2020-14961
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-11-27.
Texto consolidado
Se entenderán como gastos subvencionables todos aquellos que se destinen a alcanzar el objetivo de la subvención, previa presentación del presupuesto de gastos a afrontar y que serán aprobados por la resolución de concesión de la subvención en cada caso.
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