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Real Decreto Vigente

Artículo 5. Fecha de aplicación de la CNAE-2025 en las estadísticas oficiales para fines estatales.

Artículo 5 del Real Decreto 10/2025, de 14 de enero, por el que se aprueba la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2025 (CNAE-2025). · BOE-A-2025-587

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-01-16.

Texto consolidado

La CNAE-2025 se aplicará en las estadísticas oficiales para fines estatales con fecha de referencia a partir del 1 de enero de 2025, salvo:

a) Lo establecido en el Reglamento Delegado (UE) 2023/137 de la Comisión de 10 de octubre de 2022 que modifica el Reglamento (CE) n.º 1893/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece la nomenclatura estadística de actividades económicas NACE Revisión 2, cuyas fechas se aplicarán no solo a las estadísticas directamente relacionadas con dicho reglamento sino a las estadísticas para cuya información es relevante observar la coherencia con las anteriores (establecidas en el citado Reglamento Delegado (UE) 2023/137 de la Comisión de 10 de octubre de 2022).

b) Lo establecido en algún acuerdo, dictamen o norma en el contexto de los sistemas estadísticos nacional o europeo que estipule otra fecha distinta en algún ámbito estadístico concreto.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2025-01-16.

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