El Vínculo El Vínculo.
Orden Vigente

Artículo 5. Modificación de las delimitaciones de los espacios Red Natura 2000.

Artículo 5 de la Orden TED/1416/2023, de 26 de diciembre, por la que se aprueba la propuesta para la inclusión de seis espacios marinos protegidos en la lista de lugares de importancia comunitaria de la Red Natura 2000 y se declaran dos zonas de especial protección para las aves en aguas marinas españolas. · BOE-A-2023-26741

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-12-31.

Texto consolidado

1. Los límites de las ZEPA indicadas a continuación declaradas por la Orden AAA/1260/2014, de 9 de julio, por la que se declaran Zonas de Especial Protección para las Aves en aguas marinas españolas, se fusionan con las ZEPA declaradas por esta orden y, en consecuencia, se suprimen:

a) Las ZEPA ES0000494 Espacio marino de Cabo Peñas, ES0000495 Espacio marino de Punta de Candelaria-Ría de Ortigueira-Estaca de Bares, ES0000496 Espacio marino de la Costa de Ferrolterra-Valdoviño, ES0000497 Espacio marino de la Costa da Morte y ES0000499 Espacio marino de las Rías Baixas de Galicia, que quedan integradas en la nueva ZEPA Corredor galaico-cantábrico occidental, pasando a ser un único espacio protegido bajo el código ES0000554.

b) La ZEPA ES0000502 Espacio marino de la Bahía de Cádiz, que queda fusionada con el nuevo espacio propuesto como LIC y declarado como ZEPA ESZZ12004 Estrecho occidental.

2. La ZEPA ES0000513 Espacio marino del Baix Llobregat, declarada por la Orden AAA/1260/2014, de 9 de julio, se amplía hasta la línea de costa frente al municipio Ca l’Arana.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-12-31.

Más artículos de Orden TED/1416/2023

En El Vínculo puedes leer Orden TED/1416/2023 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.