Artículo 5. Convalidación de módulos, materias y asignaturas.
Artículo 5 de la Orden PCM/576/2021, de 9 de junio, por la que se aprueba el plan de estudios de la enseñanza de formación y las normas de evaluación, progreso y permanencia en el centro docente de formación para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil. · BOE-A-2021-9632
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-06-11.
Texto consolidado
1. Al alumnado que acceda a la enseñanza de formación para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias se le podrá convalidar, una vez efectuada su presentación en el centro docente de formación, y previa solicitud por el interesado al director del centro, la formación recibida correspondiente a los módulos, materias y asignaturas, en función de los cursos, títulos y planes de estudios que acrediten, y que, a juicio de la Junta Docente, en su caso, tengan similar duración, contenido y número de horas, de acuerdo con cuanto se dispone en la disposición adicional primera del Reglamento sobre directrices generales de los planes de estudios de la enseñanza de formación para la incorporación a las escalas de Suboficiales y de Cabos y Guardias del Cuerpo de la Guardia Civil, aprobado por el Real Decreto 935/2020, de 27 de octubre. La Jefatura de Estudios de cada uno de los centros gestionará el reconocimiento de dicha formación.
2. Esta convalidación no exime de la asistencia a las actividades formativas de las asignaturas reconocidas.
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