Artículo 4. La Junta Docente.
Artículo 4 de la Orden PCM/576/2021, de 9 de junio, por la que se aprueba el plan de estudios de la enseñanza de formación y las normas de evaluación, progreso y permanencia en el centro docente de formación para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil. · BOE-A-2021-9632
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-06-11.
Texto consolidado
1. Cuando así se determine por los directores de los centros docentes de formación contenidos en el artículo anterior, se constituirá una Junta Docente para asuntos relativos a la enseñanza, cuya composición y funciones serán las que se determinan en las normas de organización y funcionamiento de los centros docentes de formación.
2. Las propuestas de la Junta Docente deberán ser elevadas a los respectivos directores de los centros docentes para su resolución, en su caso.
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