Artículo 5. Confidencialidad.
Artículo 5 de la Orden ITC/1548/2009, de 4 de junio, por la que se establecen las obligaciones de presentación de información de carácter contable y económico-financiero para las empresas que desarrollen actividades eléctricas, de gas natural y gases manufacturados por canalización. · BOE-A-2009-9839
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-06-14.
Texto consolidado
1. Toda la información requerida a los sujetos obligados por la presente orden que tenga contenido comercial se tratará respetando el carácter confidencial de la misma.
2. El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, las Comunidades Autónomas y la Comisión Nacional de Energía sólo podrán difundir la información que tenga carácter confidencial de forma agregada.
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