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Orden Vigente

Artículo 5. Declaración responsable para poder operar los fabricantes y otros agentes económicos de productos fertilizantes.

Artículo 5 de la Orden APA/1226/2025, de 27 de octubre, por la que se desarrolla la estructura y funcionamiento del Registro general de fabricantes y otros agentes económicos de productos fertilizantes (REGFER) y se regula su actuación. · BOE-A-2025-22091

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-01-01.

Texto consolidado

1. Los fabricantes y otros agentes económicos presentarán una declaración responsable conforme a lo establecido en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y se dirigirá al órgano competente en cuyo ámbito territorial esté ubicada la sede social o el domicilio del declarante, con, al menos, un mes de antelación al inicio de sus actividades, que será título suficiente para empezar a operar, siempre que se realice en la forma, conforme al formulario, con el contenido y, en su caso, aportando la documentación exigida en el apartado 4, sin perjuicio de la posterior inscripción de acuerdo con el artículo 6 y de las facultades de la Administración posteriores de comprobación y verificación del cumplimiento de los requisitos.

Esta declaración irá redactada en la lengua oficial del Estado español, sin perjuicio del uso de otras lenguas oficiales según la comunidad autónoma.

2. En el caso de fabricantes y otros agentes económicos con sede social en otros Estados Miembros de la Unión Europea y que tengan obligación de registro en España, las declaraciones se presentarán de forma electrónica a través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado, disponible en el Punto de Acceso General electrónico (PAGe), así como en la sede electrónica asociada https://sede.mapa.gob.es/, y se dirigirán a la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

3. Los fabricantes y otros agentes económicos deberán presentar la declaración responsable conforme al modelo disponible en el REGFER y proporcionado por la autoridad competente, o, en su caso, en el modelo en línea previsto por la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de acuerdo con el apartado anterior.

A estos efectos, la autoridad competente de la comunidad autónoma podrá seguir el modelo orientativo de declaración responsable que se recogerá en el portal de internet del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

4. El contenido de la declaración responsable, firmada por el declarante, o por su representante legal, de conformidad con lo establecido en el artículo 69 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, comprenderá, al menos:

a) El nombre y apellidos o denominación social del declarante y demás información especificada en el anexo X, parte A, del Real Decreto 1051/2022, de 27 de diciembre.

b) Manifestación expresa de que todos los datos e información contenidos en la misma a los que se refiere el apartado a) son verdaderos, y que cumple los requisitos establecidos en el Real Decreto 1051/2022, de 27 de diciembre, y en la presente orden ministerial.

Asimismo, en el caso de los asesores en fertilización, se acompañará a la declaración, la documentación que acredite que el declarante está en posesión de la titulación o formación necesaria, conforme a lo establecido en el artículo 21 y el anexo XI del Real Decreto 1051/2022, de 27 de diciembre.

5. Conforme a lo dispuesto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, se establece la obligación a los sujetos a los que se refiere dicho artículo de relacionarse con la Administración por medios electrónicos, y en el caso de los fabricantes y otros agentes económicos que sean personas físicas, se dispone, en atención a sus características profesionales, la misma obligación en virtud de lo previsto en el artículo 14.3 de la citada norma.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2026-01-01.

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