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Orden Vigente

Artículo 5. Designación de miembros.

Artículo 5 de la Orden AAA/705/2014, de 28 de abril, por la que se crean los Comités de Seguimiento de las estrategias marinas y se regula su composición, funciones y régimen de funcionamiento. · BOE-A-2014-4665

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-05-04.

Texto consolidado

La designación de miembros de los Comités de Seguimiento se hará como sigue:

a) Los vocales nombrados en representación de la Administración General del Estado se designarán por decisión del Director General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar.

b) Los vocales nombrados en representación de las Comunidades Autónomas serán designados por el órgano autonómico competente al efecto.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-05-04.

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