Artículo 5. Gestión.
Artículo 5 de la Orden AAA/1260/2014, de 9 de julio, por la que se declaran Zonas de Especial Protección para las Aves en aguas marinas españolas. · BOE-A-2014-7576
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-07-18.
Texto consolidado
La gestión de las ZEPA marinas recogidas en el anexo I corresponde al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, tal y como establece el artículo 28.c de la Ley 41/2010, de 29 de diciembre, de protección del medio marino, a través de la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar.