Artículo 5. Faltas disciplinarias.
Artículo 5 de la Ley Orgánica 12/2007, de 22 de octubre, del régimen disciplinario de la Guardia Civil. · BOE-A-2007-18392
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-01-23.
Texto consolidado
Constituye falta disciplinaria toda acción u omisión prevista como tal en esta Ley.