Artículo 5. Definición.
Artículo 5 de la Ley Foral 7/2022, de 22 de marzo, por la que se establece la distribución y reparto del fondo de participación de las entidades locales en los tributos de Navarra por transferencias corrientes. · BOE-A-2022-6450
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-04-01.
Texto consolidado
El Fondo de Financiación General es el instrumento de financiación de los municipios y concejos de Navarra para el ejercicio de sus competencias y el cumplimiento de los fines que tienen confiados.
Más artículos de Ley Foral 7/2022
- ← Artículo 4. Distribución y evolución.
- → Artículo 6. Fórmula de reparto del Fondo de Financiación General entre los municipios.
- Ver la norma completa: Ley Foral 7/2022, de 22 de marzo, por la que se establece la distribución y reparto del fondo de participación de las entidades locales en los tributos de Navarra por transferencias corrientes.