El Vínculo El Vínculo.
Ley Foral Vigente

Artículo 4. Distribución y evolución.

Artículo 4 de la Ley Foral 7/2022, de 22 de marzo, por la que se establece la distribución y reparto del fondo de participación de las entidades locales en los tributos de Navarra por transferencias corrientes. · BOE-A-2022-6450

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-04-01.

Texto consolidado

1. La cuantía del Fondo de transferencias corrientes para el ejercicio 2022 se distribuirá del siguiente modo:

– Fondo de Financiación General: 196.709.026 euros.

– Fondo de Financiación de Servicios: 20.000.000 euros.

– Fondo de Financiación del Déficit de Montepíos: 24.500.000 euros.

– Fondo de Cohesión Territorial: 16.200.000 euros.

– Ayuda a la Federación Navarra de Municipios y Concejos: 450.000 euros.

2. El Fondo de Financiación de Servicios, el Fondo de Cohesión Territorial y la Ayuda a la Federación Navarra de Municipios y Concejos se incrementarán cada ejercicio sobre el precedente en el Índice de Precios al Consumo (IPC) interanual de la Comunidad Foral de Navarra del mes de junio anterior.

En los años en los que el Índice de Precios al Consumo Interanual (IPC) de la Comunidad Foral de Navarra del mes de junio anterior sea negativo se mantendrán las cuantías del ejercicio precedente.

El Fondo de Financiación del Déficit de Montepíos se incrementará cada ejercicio sobre el precedente en el Índice de Precios al Consumo (IPC) interanual de la Comunidad Foral de Navarra del mes de junio anterior más dos puntos porcentuales.

El Fondo de Financiación General se incrementará en la cuantía restante hasta completar el incremento del Fondo de transferencias corrientes contemplado en el artículo anterior.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-04-01.

Más artículos de Ley Foral 7/2022

En El Vínculo puedes leer Ley Foral 7/2022 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.