Artículo 5. Participación social.
Artículo 5 de la Ley Foral 21/2023, de 26 de diciembre, de Gestión Piscícola de Navarra. · BOE-A-2024-1208
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-01-13.
Texto consolidado
En la adopción de decisiones relativas a los aprovechamientos pesqueros se procurará la mayor participación social, la cual se llevará a cabo a través de los órganos colegiados y de asesoramiento existentes. Todo ello encaminado a la búsqueda del mayor consenso posible y al establecimiento de canales de participación que permitan que las decisiones adoptadas sean reflejo de la realidad social donde vayan a ser aplicadas.