Artículo 5. Dietas por razón del servicio.
Artículo 5 de la Ley Foral 13/2012, de 21 de junio, de medidas urgentes en materia de personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra. · BOE-A-2012-9372
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-01-01.
Texto consolidado
Se suprimen las dietas establecidas como indemnización por la realización de viajes por razón del servicio para el personal funcionario de las Administraciones Públicas de Navarra. A partir de la entrada en vigor de esta Ley Foral, únicamente se reintegrará el importe de los gastos debidamente justificados.
Se prorrogan, para el año 2016, las medidas urgentes en materia de personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, por el art. único del Decreto-ley Foral 1/2015, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2016-823
Se prorrogan, para el año 2015, las medidas urgentes en materia de personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, por el art. 1 de la Ley Foral 12/2015, de 10 de abril. Ref. BOE-A-2015-4948
Téngase en cuenta que estas medidas ya fueron prorrogadas por el Decreto-ley Foral 2/2014, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-2015-1413
Se prorrogan, para el año 2015, las medidas urgentes en materia de personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, por el Decreto-ley Foral 2/2014, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-2015-1413
Se prorrogan, para el año 2014, las medidas urgentes en materia de personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, por el art. 1 del Decreto-ley Foral 1/2013, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-2014-511
Se prorrogan, para el año 2013, las medidas urgentes en materia de personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, por el art. único de la Ley Foral 25/2012, de 26 de diciembre. Ref. BOE-A-2013-505
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 8 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2016-823.