Artículo 5. Competencias de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.
Artículo 5 de la Ley Foral 11/2011, de 1 de abril, de Juventud. · BOE-A-2011-7411
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-05-01.
Texto consolidado
Son competencias de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra:
a) La promoción de los derechos de las personas jóvenes en la Comunidad Foral de Navarra y su defensa para la consecución de su autonomía.
b) Establecer las directrices generales de la política de juventud en la Comunidad Foral de Navarra.
c) La coordinación y colaboración con las diferentes Administraciones Públicas en los distintos niveles territoriales, así como con entidades públicas y privadas para el desarrollo de las políticas de juventud.
d) Velar por la imagen colectiva de la juventud, trabajando por la erradicación de los estereotipos sexistas o cualquier otro estereotipo negativo.