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Ley Vigente

Artículo 5.

Artículo 5 de la Ley de Cantabria 3/1992, de 18 de marzo, de Protección de los Animales. · BOE-A-1992-11685

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1992-04-16.

Texto consolidado

En caso de desplazamientos, los animales deberán disponer de espacio suficiente y de temperatura adecuada.

Asimismo, deberán ser abrevados y alimentados en intervalos convenientes.

Finalmente, su carga y descarga deberá realizarse con equipos y medios idóneos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1992-04-16.

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