Artículo 5. Obligaciones de información por las entidades locales.
Artículo 5 de la Ley 8/2009, de 16 de junio, de transferencia de competencias entre la Comunidad Autónoma y las Entidades Locales de Castilla y León. · BOE-A-2009-11189
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-07-12.
Texto consolidado
Además de la información que la Comunidad Autónoma considere oportuno solicitar, las entidades locales que reciban las competencias transferidas deberán presentar anualmente a la Junta de Castilla y León, a través de la Consejería afectada por razón de la materia, una memoria de gestión, que incluirá los niveles y calidad en la prestación del servicio público, de acuerdo con el párrafo primero del artículo 88.1 de la Ley 1/1998, de 4 de junio, de Régimen Local de Castilla y León.