Artículo 5. Encuadramiento.
Artículo 5 de la Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y Marinería. · BOE-A-2006-7319
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-04-26.
Texto consolidado
Los militares profesionales de tropa y marinería se encuadrarán en el Ejército de Tierra, en la Armada o en el Ejército del Aire y adquirirán de forma optativa las especialidades que determine el Ministro de Defensa.