Artículo 5. Tipificación de las infracciones.
Artículo 5 de la Ley 8/2004, de 23 de diciembre, de horarios comerciales. · BOE-A-2005-1542
Atención: Ley 8/2004 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Las infracciones al régimen de horarios comerciales tipificadas por la presente Ley son las siguientes:
a) La apertura del establecimiento comercial en horario no autorizado.
b) El incumplimiento del tiempo máximo de apertura del establecimiento comercial.
c) La apertura del establecimiento comercial en domingo o día festivo no incluido en el calendario anual.
d) La falta de exposición del horario de apertura del establecimiento comercial de manera visible al público, incluso con el establecimiento cerrado.