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Ley Derogada

Artículo 5. Tipificación de las infracciones.

Artículo 5 de la Ley 8/2004, de 23 de diciembre, de horarios comerciales. · BOE-A-2005-1542

Atención: Ley 8/2004 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Las infracciones al régimen de horarios comerciales tipificadas por la presente Ley son las siguientes:

a) La apertura del establecimiento comercial en horario no autorizado.

b) El incumplimiento del tiempo máximo de apertura del establecimiento comercial.

c) La apertura del establecimiento comercial en domingo o día festivo no incluido en el calendario anual.

d) La falta de exposición del horario de apertura del establecimiento comercial de manera visible al público, incluso con el establecimiento cerrado.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-01-01.

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