Artículo 5.
Artículo 5 de la Ley 8/2001, de 14 de junio, por la que se regulan los Consejos Escolares de Extremadura. · BOE-A-2001-14416
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-07-04.
Texto consolidado
El Consejo Escolar de Extremadura estará constituido por el Presidente, el Vicepresidente, los Consejeros y el Secretario general.