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Ley Vigente

Artículo 5. Objetivos.

Artículo 5 de la Ley 7/2019, de 29 de marzo, de apoyo y fomento del emprendimiento y del trabajo autónomo en Aragón. · BOE-A-2019-7787

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-05-02.

Texto consolidado

1. De acuerdo con los principios informadores establecidos en el artículo anterior, el objetivo de esta ley es establecer el marco normativo necesario para favorecer y fomentar la iniciativa, establecimiento y desarrollo del emprendimiento y el autoempleo en Aragón.

2. Para su cumplimiento, la Comunidad Autónoma de Aragón implantará y desarrollará las acciones necesarias para alcanzar los siguientes objetivos:

a) Fomentar y potenciar el emprendimiento y definir la figura del emprendedor.

b) Impulsar el emprendimiento y el trabajo autónomo, prestando especial atención al asesoramiento, la orientación y el fomento del espíritu emprendedor.

c) Favorecer la formación y reciclaje profesional que garanticen la adecuada y continua capacitación del trabajador autónomo en la actividad que desarrolle, así como en el uso de las nuevas tecnologías de la información y comunicación, instalando las infraestructuras de conexión oportunas por todo el territorio.

d) Establecer medidas para generar un marco jurídico favorable para la creación y la consolidación de empresas y el autoempleo a través de la simplificación normativa y administrativa y la coordinación de políticas, medidas y servicios de apoyo a emprendedores y autónomos.

e) Instrumentar medidas de apoyo económico y financiero suficientes que faciliten el desarrollo y mantenimiento de los emprendedores y autónomos en el territorio

f) Favorecer la viabilidad y competitividad de los nuevos proyectos.

g) Coordinar las acciones llevadas a cabo por los distintos departamentos y unidades administrativas de la Administración de la Comunidad Autónoma, así como con el resto de Administraciones públicas y entidades públicas y privadas, a favor de las personas emprendedoras y autónomos.

h) Centralizar el acceso a la información y el asesoramiento para emprendedores y autónomos, incentivando la participación en redes.

i) Impulsar el emprendimiento en sectores innovadores con alto potencial de crecimiento y generación de valor en el territorio.

j) Promover el intraemprendimiento o emprendimiento corporativo, como motor de transformación e innovación en las empresas.

k) Impulsar la segunda oportunidad empresarial para aprovechar el potencial de creación de empresas de las personas que tienen experiencia en los procesos de emprendimiento a través de planes de apoyo y tutorización.

l) Realizar estudios y prospecciones del tejido productivo aragonés al objeto de identificar las necesidades económicas y profesionales demandadas por la sociedad aragonesa y que puedan ser satisfechas mediante el desarrollo de fórmulas de trabajo autónomo.

m) Mejorar la seguridad y salud del trabajo autónomo, y coordinar las actividades preventivas de los riesgos laborales.

n) Fomentar los instrumentos de solución autónoma de los conflictos por medio del establecimiento de mecanismos de mediación y arbitraje.

ñ) Mejorar la protección social del trabajo autónomo en el ámbito de las competencias de la Comunidad Autónoma de Aragón.

o) Impulsar medidas específicas de apoyo al emprendimiento y trabajo autónomo en el medio rural, y medidas destinadas a jóvenes, mujeres, personas con discapacidad, mayores de cuarenta y cinco años, migrantes, desempleados de larga duración o personas en situación o en riesgo de exclusión social.

p) Fomentar y apoyar los movimientos asociativos en Aragón para la defensa y representación de los intereses de los trabajadores autónomos, e impulsar su participación, así como de las organizaciones empresariales y sindicales más representativas en Aragón, en el desarrollo de las iniciativas para fomentar el emprendimiento y trabajo autónomo en la Comunidad Autónoma.

q) Fomentar los instrumentos de apoyo al relevo generacional y al emprendedor de segunda oportunidad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-05-02.

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