Artículo 5. De la cuenta de operaciones comerciales.
Artículo 5 de la Ley 61/2003, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2004. · BOE-A-2003-23935
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-01-01.
Texto consolidado
Se aprueban las estimaciones de gastos y previsiones de ingresos referidas a las operaciones comerciales de los organismos autónomos que, a la entrada en vigor de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, se encontraban incluidos en el párrafo b) del artículo 4.1 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria, así como las del organismo público Instituto Cervantes.
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- Ver la norma completa: Ley 61/2003, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2004.