Artículo 5. Unidad de proyectos empresariales de interés autonómico.
Artículo 5 de la Ley 5/2022, de 25 de noviembre, de medidas de mejora de los procesos de respuesta administrativa a la ciudadanía y para la prestación útil de los servicios públicos. · BOE-A-2022-21019
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-11-30.
Texto consolidado
1. Mediante decreto se creará y regulará la unidad de proyectos empresariales de interés autonómico.
2. Corresponderá a la unidad de proyectos empresariales de interés autonómico la identificación, captación, información, acompañamiento y seguimiento técnico de los citados proyectos y de su tramitación administrativa, en los términos previstos por la normativa que le sea de aplicación y de acuerdo con las indicaciones del comité de seguimiento de inversiones.
Más artículos de Ley 5/2022
- ← Artículo 4. Revocación de la calificación de proyecto empresarial de interés autonómico.
- → Artículo 6. Comité de seguimiento de inversiones.
- Ver la norma completa: Ley 5/2022, de 25 de noviembre, de medidas de mejora de los procesos de respuesta administrativa a la ciudadanía y para la prestación útil de los servicios públicos.