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Ley Vigente

Artículo 4. Revocación de la calificación de proyecto empresarial de interés autonómico.

Artículo 4 de la Ley 5/2022, de 25 de noviembre, de medidas de mejora de los procesos de respuesta administrativa a la ciudadanía y para la prestación útil de los servicios públicos. · BOE-A-2022-21019

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-11-30.

Texto consolidado

La calificación de proyecto empresarial de interés autonómico será revocada cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes:

a) Incumplimiento de las condiciones establecidas en la declaración de calificación.

b) Incumplimiento reiterado por el interesado de su deber de información a la unidad de proyectos empresariales de interés autonómico sobre el desarrollo del proyecto.

c) Inactividad del interesado por más de tres meses en cuanto a la realización de trámites necesarios para la ejecución del proyecto.

d) Otras causas sobrevenidas que, a juicio del Comité de Seguimiento de Inversiones, revelen la inviabilidad en el desarrollo del proyecto.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-11-30.

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