El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 5. Duración del mandato.

Artículo 5 de la Ley 5/2008, de 23 de mayo, por la que se regula el Consejo Gallego de Relaciones Laborales. · BOE-A-2008-11589

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-07-01.

Texto consolidado

La duración del mandato de las personas miembros con representación del Consejo Gallego de Relaciones Laborales, a los cuales se refieren las letras a) y b) del artículo 4, será de cuatro años, sin perjuicio de su reelección y de la posibilidad de sustituir a las personas titulares o suplentes durante el citado periodo, a propuesta de la organización que representen.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2008-07-01.

Más artículos de Ley 5/2008

En El Vínculo puedes leer Ley 5/2008 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.