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Ley Vigente

Artículo 5. Limitaciones a las transferencias de crédito.

Artículo 5 de la Ley 5/2000, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y de Régimen Presupuestario y Administrativo. · BOE-A-2001-1381

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-01-01.

Texto consolidado

Modificación del texto refundido de la Ley de Régimen Financiero y Presupuestario, aprobado por Decreto Legislativo 1/1999, de 7 de octubre.

Se modifica el punto 3 del artículo 68 del texto refundido de la Ley de Régimen Financiero y Presupuestario, aprobado por Decreto Legislativo 1/1999, de 7 de octubre, que quedará redactado como sigue:

«3. Las anteriores limitaciones no afectarán a las transferencias de créditos que se refieran al programa de imprevistos y funciones no clasificadas, ni serán de aplicación cuando se trate de créditos modificados como consecuencia de reorganizaciones administrativas, de acuerdos de transferencias de servicios o que amparen gastos financiados exclusivamente o cofinanciados con transferencias finalistas del Estado o con fondos de la Unión Europea.»

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2001-01-01.

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