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Ley Vigente

Artículo 5. Autoridad responsable de los proyectos financiados con fondos «Next Generation EU».

Artículo 5 de la Ley 4/2021, de 2 de agosto, para la agilización administrativa y la planificación, gestión y control de los fondos procedentes del instrumento europeo de recuperación denominado «Next Generation EU», en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias. · BOE-A-2021-14237

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-08-05.

Texto consolidado

1. El órgano de la Consejería competente en materia de hacienda con competencia en materia de fondos europeos actuará como responsable ante la Administración General del Estado para el MRR, en los términos que se establezcan en la normativa estatal y europea, y bajo la supervisión del Comité Director de Planes y Proyectos.

Dicho centro directivo ejercerá, a tal efecto, las siguientes funciones:

a) En relación con la Administración General del Estado, la responsabilidad general en la gestión del MRR, actuando como órgano de contacto de la Administración General del Estado.

b) Asegurar la coordinación con los departamentos, órganos, organismos y, en su caso, entidades locales y entidades implicadas en el mencionado MRR.

c) La supervisión de los proyectos financiados con fondos que proceden del mencionado MRR.

d) La presentación de los informes a elevar al Gobierno de Canarias, así como los exigidos por la Administración General del Estado y previstos en la normativa reguladora del MRR en Canarias.

2. El centro directivo de la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos con competencia en materia de fondos europeos actuará como autoridad responsable ante la Administración general del Estado para el REACT-EU, en los términos que se establezca en la normativa estatal y europea, desarrollando a tal efecto las competencias que legal y reglamentariamente tenga establecidas. A tal fin será dotada de los recursos personales y materiales necesarios para el correcto ejercicio de sus funciones conforme a la asistencia técnica prevista en este instrumento.

Dicho centro directivo ejercerá, a tal efecto, las siguientes funciones:

a) En relación con la Administración general del Estado, la responsabilidad general en la gestión del REACT-EU, actuando como órgano de contacto de la Administración general del Estado.

b) Asegurar la coordinación con los departamentos, órganos, organismos y, en su caso, entidades locales y entidades implicadas en el mencionado instrumento.

c) La supervisión de los proyectos financiados con fondos que proceden del mencionado instrumento REACT-EU.

d) La presentación de los informes a elevar al Gobierno de Canarias, así como los exigidos por la Administración general del Estado y previstos en la normativa reguladora del REACT-EU en Canarias.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-08-05.

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