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Ley Vigente

Artículo 5. Finalidades de la puesta a disposición de los fondos públicos.

Artículo 5 de la Ley 4/2007, de 3 de abril, de transparencia de las relaciones financieras entre las Administraciones públicas y las empresas públicas, y de transparencia financiera de determinadas empresas. · BOE-A-2007-7107

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-04-05.

Texto consolidado

La puesta a disposición de los fondos por parte de las Administraciones públicas, de forma directa o indirecta a las empresas se realizará, entre otras, para cualquiera de las siguientes finalidades:

a) La compensación de las pérdidas de explotación;

b) Las aportaciones de capital;

c) Las aportaciones a fondo perdido o los préstamos concedidos en condiciones distintas a las de mercado;

d) La concesión de ventajas financieras, ya sea en forma de no percepción de rendimientos o de no recuperación de créditos;

e) La renuncia a una remuneración en condiciones de mercado de los fondos públicos comprometidos; o

f) La compensación de las cargas impuestas por las Administraciones públicas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-04-05.

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