Artículo 5. Medios alternativos de solución de los conflictos de convivencia.
Artículo 5 de la Ley 3/2022, de 24 de febrero, de convivencia universitaria. · BOE-A-2022-2978
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-02-26.
Texto consolidado
Sin perjuicio del desarrollo que en el ámbito de sus competencias pudieran llevar a cabo las Comunidades Autónomas, las universidades desarrollarán en sus Normas de Convivencia medios alternativos de solución de los conflictos de la convivencia basados en la mediación, para ser aplicados antes y durante el procedimiento disciplinario. Los medios que se desarrollen se ajustarán, en todo caso, a los principios de voluntariedad, confidencialidad, equidad, imparcialidad, buena fe y respeto mutuo, prevención y prohibición de represalias, flexibilidad, claridad y transparencia.