Artículo 5. Relaciones con la Administración.
Artículo 5 de la Ley 3/2010, de 26 de febrero, de creación del Colegio Profesional de Higienistas Dentales de Extremadura. · BOE-A-2010-4678
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-03-03.
Texto consolidado
En lo relativo a los aspectos institucionales y corporativos, el Colegio Profesional de Higienistas Dentales de Extremadura se relacionará con la Consejería que tenga atribuidas las competencias en materia de Colegios Profesionales. Además, en lo relativo a los contenidos de la profesión, el Colegio se relacionará con la Consejería o Consejerías competentes por razón de las materias profesionales.