Artículo 5. Gestión.
Artículo 5 de la Ley 3/2005, de 18 de marzo, por la que se reconoce una prestación económica a los ciudadanos de origen español desplazados al extranjero, durante su minoría de edad, como consecuencia de la Guerra Civil, y que desarrollaron la mayor parte de su vida fuera del territorio nacional. · BOE-A-2005-4618
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-04-01.
Texto consolidado
La gestión, reconocimiento y pago de las prestaciones económicas establecidas en esta Ley corresponderá a la Dirección General de Emigración, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.
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