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Ley Vigente

Artículo 5. Gestión.

Artículo 5 de la Ley 3/2005, de 18 de marzo, por la que se reconoce una prestación económica a los ciudadanos de origen español desplazados al extranjero, durante su minoría de edad, como consecuencia de la Guerra Civil, y que desarrollaron la mayor parte de su vida fuera del territorio nacional. · BOE-A-2005-4618

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-04-01.

Texto consolidado

La gestión, reconocimiento y pago de las prestaciones económicas establecidas en esta Ley corresponderá a la Dirección General de Emigración, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-04-01.

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