Artículo 5. Naturaleza y ámbito.
Artículo 5 de la Ley 25/2018, de 10 de diciembre, reguladora de la actividad de los grupos de interés de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2019-967
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-09-13.
Texto consolidado
1. Se crea el Registro de Grupos de Interés de la Generalitat, mediante el cual se facilitará la identificación pública y el control de la actividad de influencia que realizan los grupos de interés en los ámbitos de la administración de la Generalitat, su sector público instrumental y Les Corts.
2. El Registro de Grupos de Interés es un registro electrónico de naturaleza administrativa, público, independiente, abierto y gratuito. Los datos que contenga deberán estar disponibles y accesibles a través de los portales de transparencia de la administración de la Generalitat y de su sector público instrumental y del portal de Les Corts, en los que se habilitará un acceso directo convenientemente identificado y visible.
3. El órgano responsable del registro deberá garantizar que la información relativa a los grupos de interés se difunda en formatos reutilizables, que se organice la información de manera que permita identificar la actividad que se realiza ante cada una de las instituciones o administraciones que integran el registro, y que estas puedan difundir la información que les afecte de forma específica a través de sus propios portales.