Artículo 5. Diseño.
Artículo 5 de la Ley 2/2024, de 22 de abril, por la que se regulan las Distinciones Honoríficas de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-2024-15000
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-04-24.
Texto consolidado
1. La Medalla de Oro tendrá el diseño y dimensiones que se especifican en el anexo I de esta Ley.
2. En el caso de personas jurídicas, la condecoración adoptará la forma de Placa de Honor.
3. En el caso de grupos u otras entidades corresponderá al titular de la Presidencia de la Comunidad de Madrid decidir, en su caso, sobre la forma de materialización de la distinción.