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Ley Vigente

Artículo 5. Objetivos de la ordenación vitícola.

Artículo 5 de la Ley 2/2020, de 5 de marzo, de la vitivinicultura. · BOE-A-2020-3782

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-05-09.

Texto consolidado

Los objetivos de la ordenación vitícola son:

a) El incremento de la competitividad y de la rentabilidad del sector vitícola.

b) La modernización, la sostenibilidad ambiental, el desarrollo y la innovación de las explotaciones vitícolas.

c) El establecimiento de un potencial vitícola sostenible.

d) La colaboración en la formación y la cualificación profesional de los viticultores.

e) La mejora de las condiciones sociales y económicas de las familias, las empresas y los trabajadores del sector vitícola.

f) El fomento del cooperativismo y las empresas mercantiles que apuestan por la corresponsabilidad social y ambiental con el territorio.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-05-09.

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