Artículo 5. Relaciones con la Administración.
Artículo 5 de la Ley 2/2000, de 10 de mayo, de creación del Colegio Profesional de Podólogos de Castilla y León. · BOE-A-2000-10566
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-05-20.
Texto consolidado
En sus aspectos institucionales y corporativos, el Colegio de Podólogos de la Comunidad de Castilla y León se relacionará con la Consejería de Presidencia y Administración Territorial o con aquélla a la que se atribuyan estas funciones en materia de Colegios Profesionales. En los aspectos relativos a la profesión, el Colegio se relacionará con la Consejería de Sanidad y Bienestar Social o con aquélla a la que se atribuya competencia en la materia.