Artículo 5. Objetivos en el ámbito del desarrollo rural y el equilibrio territorial.
Artículo 5 de la Ley 18/2001, de 31 de diciembre, de Orientación Agraria. · BOE-A-2002-1373
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-01-10.
Texto consolidado
Los objetivos principales de la Ley en el ámbito del desarrollo rural y el equilibrio territorial son los siguientes:
a) Consolidar y mejorar el espacio rural, con el establecimiento de medidas especiales de mantenimiento de la actividad agraria y agroalimentaria, especialmente en las zonas de montaña, las zonas desfavorecidas y las que están bajo la influencia de presión urbanística.
b) Consolidar las actividades agrarias compatibles con la conservación del medio como actividades económicas básicas que vertebran y equilibran el territorio y el mundo rural.
c) Mantener y mejorar el medio y los ecosistemas agrícolas.
d) Mejorar las condiciones de vida y el bienestar de las personas dedicadas a la agricultura, la ganadería y la explotación forestal, con una atención específica a las que viven en núcleos diseminados.