Artículo 5. Régimen jurídico.
Artículo 5 de la Ley 17/2012, de 28 de junio, de Creación del Colegio Vasco de Periodistas. · BOE-A-2012-9667
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-07-07.
Texto consolidado
1. El Colegio Vasco de Periodistas se regirá por la legislación de colegios oficiales y profesionales así como por sus estatutos y, en su caso, por el reglamento de régimen interior.
2. Los estatutos regularán aquellas materias que determine la Ley de Colegios Profesionales, observando para su elaboración, aprobación o modificación los requisitos que determine la legislación vigente.