Artículo 5. Memoria anual.
Artículo 5 de la Ley 16/2006, de 26 de mayo, por la que se regula el Estatuto del Miembro Nacional de Eurojust y las relaciones con este órgano de la Unión Europea. · BOE-A-2006-9294
Atención: Ley 16/2006 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. El miembro nacional de Eurojust elevará al Ministerio de Justicia un informe anual sobre las actividades desarrolladas en su calidad de miembro nacional de Eurojust.
2. El miembro nacional de Eurojust podrá ser llamado para informar a las Comisiones de Justicia y de Interior del Congreso de los Diputados y del Senado sobre la actividad desempeñada, tras la remisión de la Memoria anual al Ministerio de Justicia. Una vez recibida aquélla, el Gobierno enviará copia a las Cámaras.